¿Qué es una asociación de madres y padres?
Se consideran asociaciones de madres y padres del alumnado aquellas que se constituyan en los centros docentes de titularidad pública o privada que impartan las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
¿Quiénes pueden pertener a ellas?
Las madres y padres o, en su caso, tutores legales del alumnado que esté cursando estudios en los centros educativos que impartan las enseñanzas reguladas en la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
¿Cuáles son sus fines?
- Informar a las madres y padres de las actividades propias de la asociación y potenciar su participación activa en la vida de la misma.
- Asistir a las familias en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos.
- Promover acciones formativas dirigidas a las familias con el fin de dar a conocer los derechos y deberes que como madres y padres asumen en el desarrollo de la educación de sus hijos.
- Colaborar en las actividades educativas de los centros en el marco del proyecto educativo.
- Promover la participación de las madres y padres en la gestión del centro, facilitar su representación y participación en los Consejos Escolares.
- Promover la igualdad de derechos de todo el alumnado sin discriminación por razones socioeconómicas, confesionales, de raza o género o cualesquiera otras.
- Defender los intereses de los padres, madres y tutores legales del alumnado.
- Asesorar, orientar y ayudar a los padres, madres y tutores legales del alumnado en orden a la defensa y ejercicio de los derechos de sus hijos e hijas, y el mejor cumplimiento de sus deberes.
- Promover todos aquellos aspectos que contribuyan al desarrollo de la educación integral del alumnado, los valores democráticos y la convivencia ciudadana.
- Fomentar la participación de los padres, madres y tutores en la gestión democrática de la enseñanza.
- Representar a los padres, madres y tutores, establecer relaciones y coordinar actuaciones con la propia Administración educativa, las Administraciones locales, los centros docentes y cualquier otra organización que promueva actividades educativas.
- Cualesquiera otras que en el marco de la normativa vigente les asignen sus propios estatutos.
¿Cuáles son sus derechos?
- Presentar candidaturas diferenciadas para las elecciones de representantes de madres y padres al Consejo Escolar.
- Participar, a través de sus representantes en el Consejo Escolar, en la elaboración y revisión del Proyecto Educativo del Centro.
- Participar, a través de sus representantes, en cuantas actuaciones se desarrollen en el Consejo Escolar del centro y las comisiones que se constituyan.
- Ser informados de todos los programas y actuaciones que se llevan a cabo en el centro, a través de sus representantes en el Consejo Escolar y elaborar informes con la finalidad de mejorar aspectos concretos de la vida del centro.
- Utilizar las instalaciones del centro para los fines propios de la asociación, siempre que no interfieran en el desarrollo de las actividades docentes, de las actividades y servicios complementarios y de acuerdo a la normativa vigente.
- Presentar y desarrollar proyectos de actividades extraescolares que se incorporen a la programación general anual, a través de sus representantes en el Consejo Escolar, así como, en su caso, colaborar en el desarrollo de actividades y servicios complementarios.
- Integrarse y/o constituir federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado.
- Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.
- Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y de la Programación General Anual.
- Tener acceso al Proyecto Educativo del Centro, los Proyectos Curriculares de Etapa y de sus modificaciones.
- Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.